El Consejo provincial está formado por los Consejeros provinciales. Junto con el Provincial, constituyen el Gobierno provincial, que es el órgano de reflexión, consulta y decisión de la Provincia. El Consejo provincial ayuda al Provincial en el gobierno y la administración de los bienes; presta especial atención a la animación espiritual y apostólica de los hermanos y al cuidado pastoral de las personas comprometidas en la vida y misión maristas (C 132). Se reúne al menos seis veces en el año (C 133.2).
El Provincial con su Consejo define la dirección estratégica para la vida y misión de la Provincia, en comunión con el Instituto (C 132.1).
El Hno. Provincial y cada Consejero Provincial lideran un área de la vida y misión marista de la unidad administrativa, en función de la implementación de proyectos transversales, junto a los coordinadores respectivos de cada país.
Funciones
Respecto al cuidado de la vida de Hermanos y Comunidades:
Favorecer el acompañamiento de los hermanos y animación de las comunidades.
Aprobar los Proyectos de Vida de las Comunidades.
Impulsar la Formación de Animadores Comunitarios.
Propiciar la formación permanente de los Hermanos.
Discernir y autorizar la conformación de comunidades mixtas (hermanos y laicos) y otras experiencias conjuntas.
Motivar la participación de los hermanos en experiencias solidarias en clave de voluntariado.
Promover dinámicas y procesos que faciliten herramientas para la vida en común: conocimiento, comunicación, reconciliación.
Favorecer la vivencia y el acercamiento de los hermanos a las Constituciones y la Regla de Vida.
Participar en el caminar conjunto de la formación permanente de hermanos del Arco Norte y del Instituto.
Respecto a la gestion administrativa de la Misión:
Elaborar el Plan de Animación Provincial a la luz de las orientaciones de los Capítulos General y Provincial.
Nombrar, colegiadamente con el Hermano Provincial, los animadores de comunidad, el Ecónomo Provincial y los Ecónomos de cada país, Rectores, Administradores de obras y Ecónomos de las comunidades. (C 137.3). También los Presidentes de las fundaciones.
Nombrar los coordinadores de los equipos de vida y misión marista de cada país, y los integrantes del Consejo de Asuntos Económicos de la Provincia (C 141).
Enajenar o adquirir bienes inmuebles, y autorizar construcciones o mejoras, empréstitos o préstamos, cuyo importe no sobrepase lo autorizado a la Provincia. Si lo sobrepasa, se requiere la autorización del Hno. Superior General (C 136.10).
Aprobar los presupuestos e informes económicos de la Provincia, de las casas y de las obras, así como los controles, los métodos y los procedimientos que se deben usar en las transacciones financieras (C 136.11).
Determinar, cuando sea necesario, las atribuciones del Director (Rector o Coordinador) de una obra, de su Consejo y de los demás responsables de la misma.
